
La sentencia del Tribunal Constitucional 195/1996, de 28 de noviembre, establece que
corresponde al legislador estatal la tarea de reelaborar la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre
Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en aras del respeto y clarificación del orden
constitucional de competencias y en beneficio de la seguridad jurídica, imprescindibles en
materia sancionadora.